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Declaración responsable. Actos de primera ocupación y funcionamiento (art. 155 de la Ley 9/2001, de 17 de julio)

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Declaración responsable. Actos de primera ocupación y funcionamiento (art. 155 de la Ley 9/2001, de 17 de julio)

Desde el día 04/11/2020 hasta el día 07/06/2023

OBJETO DEL TRAMITE

La intervención en los actos de primera ocupación y funcionamiento tiene por objeto acreditar que las obras y actividades han sido ejecutadas de conformidad con el proyecto y condiciones en que la licencia fue concedida, y que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico, en los siguientes supuestos:

  • Las edificaciones resultantes de obras de nueva edificación y reestructuración general.
  • Los cambios de uso de los edificios.
  • El incremento del número de viviendas en los edificios.
  • La transformación en viviendas de locales comerciales.
  • Las nuevas implantaciones, ampliaciones o modificaciones de actividades que se tramiten por el procedimiento de Evaluación Ambiental contemplado en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid (Anexo V).

El artículo 155 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en la redacción dada por la Ley 1/2020 de 8 de octubre, somete a declaración responsable, entre otros actos urbanísticos, la primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas, así como de los edificios e instalaciones en general.

Asimismo, los locales y establecimientos regulados en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid necesitan, previamente a su puesta en marcha, licencia municipal de funcionamiento o declaración responsable, a elección del titular y sin perjuicio de otras autorizaciones que le fueran exigibles:

  • En el supuesto de licencia de funcionamiento. Se concederá en el mismo acto que la primera ocupación y funcionamiento, por lo que la documentación deberá ser complementada con la establecida por la Ley y sus normas de desarrollo.
  • En el supuesto de optar por declaración Responsable, se deberá cumplimentar los requisitos y presentar la documentación establecida en la Disposición Adicional Novena de la citada Ley 17/1997, de 4 de julio, así como en sus normas de desarrollo.

NORMATIVA APLICABLE

Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

La Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid 

Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid.

La normativa urbanística municipal .

¿QUIEN PUEDE SOLICITARLO?

Cualquier persona física o jurídica en su propio nombre o en representación de otra en cuyo caso deberá acompañar el correspondiente apoderamiento notarial o poder Apud acta que podrá tramitar en esta misma Sede Electrónica.

Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración

https://firmaelectronica.gob.es/Home/Empresas/Certificados-Electronicos-Empresas.html

¿QUE DOCUMENTOS TENGO QUE PRESENTAR?

 En los casos de licencias de primera ocupación:

  • Certificado final de obra redactado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Certificado del coste final de la obra ejecutada visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Planos finales de obra (si existen variaciones con respecto al proyecto original).
  • Certificado o boletín del Proyecto de Telecomunicaciones (en caso de vivienda colectiva o vivienda y usos compatibles).
  • Comprobaciones acústicas (en su caso, conforme al CTE DB-HR).
  • Libro del Edificio.
  • Justificante de presentación del modelo oficial de declaración catastral 900D regulado en la Orden HAC/1293/ 2018, de 19 de noviembre, por la que se aprueba el modelo de declaración de alteraciones catastrales de los bienes inmuebles y se determina la información gráfica y alfanumérica necesaria para la tramitación de determinadas comunicaciones catastrales.
  • Fotografías de la fachada.

En el caso de actividades de espectáculos públicos o recreativas

  • Licencia o referencia del expediente de licencia de actividad o de la declaración responsable.

Si se instalan andamios, vallas, contenedores, sacos, grúas o acopio de materiales en la vía pública :

  • Solicitud de ocupación de la vía pública (tramitable en la Sede electrónica)

¿QUIEN LO VA A TRAMITAR Y RESOLVER?

Se tramita por el Servicio de Urbanismo. Como se trata de una declaración responsable no se dictará un acto administrativo expreso, sin prejuicio de las labores de control, supervisión e inspección de los Servicios municipales competentes que podrán realizar los requerimientos y dictar las ordenes que resulten procedentes para ajustar las actuaciones a la normativa aplicable.

¿TENGO QUE PAGAR ALGO POR EL TRAMITE?

La tramitación estará sujeta al pago de una Tasa regulada en las siguientes Ordenanzas Fiscales Municipales:

  • ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS DEL AYUNTAMIENTO DE VENTURADA.

¿COMO Y CUANDO DEBO PAGARLO?

Tramitada la solicitud, el Ayuntamiento procederá a la liquidación de las tasas que correspondan, en su caso, mediante resolución expresa que será notificada al interesado para el ingreso en los plazo establecidos en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

¿SI TENGO DUDAS PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUIEN ME PUEDE AYUDAR?

Puede dirigirse haciendo uso de https://www.venturada.org/contacto

OTRA INFORMACIÓN ADICIONAL

RECUERDE!!!!

 Una vez terminada la obra  tiene dos meses para presentar la correspondiente declaración Procedimientos de declaración de modificación  catastral R.D. 417/2006 de 7 de abril

TRAMITES RELACIONADOS HABILITADOS EN LA SEDE ELECTRÓNICA

SI NO DESEA HACER EL TRAMITE TELEMÁTICAMENTE PINCHE AQUI

https://www.venturada.org/gestionesytramites/descarga-de-impresos-municipales

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AYUNTAMIENTO DE VENTURADA - P2816900A
Plaza del Ayuntamiento, nº 2
28729 Venturada (Madrid)
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